Hace cuatro meses (el 29 de abril de 2020) se publicó en el DOF, el “Acuerdo por el que se delegan diversas facultades a los servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria”, mediante el cual se otorgan facultades y atribuciones para que distintas administraciones generales y centrales realicen actos de fiscalización incluidos en el CFF a raíz de la reforma fiscal 2020.

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (3 de septiembre), el Acuerdo por el que se delegan facultades a los servidores públicos del Servicio de Administración Tributaria, mismo que entrara en vigor el día de mañana (4 de septiembre).

El ejercicio de las atribuciones del Servicio de Administración Tributaria corresponde originalmente a su titular quien, a efecto de lograr mayor eficacia en la aplicación de las disposiciones fiscales y aduaneras, así como para mejorar la eficiencia en el desarrollo de las funciones encomendadas a dicho órgano administrativo desconcentrado, tiene competencia para delegar en los servidores públicos que forman parte del mismo, las facultades previstas en el Reglamento Interior correspondiente y en otros ordenamientos.

Lo anterior, con la finalidad de facilitar el cumplimiento de los objetivos de este órgano administrativo desconcentrado, resulta indispensable delegar facultades en los servidores públicos de las unidades administrativas adscritas al Servicio de Administración Tributaria expedir el Acuerdo citado

 

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5599612&fecha=03/09/2020